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EL DERECHO DE AUTOR EN LAS OBRAS MUSICALES
y el negocio de la música

Autor: Oscar Mendoza Camino
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EL DERECHO DE AUTOR EN LAS OBRAS MUSICALES
Y EL NEGOCIO DE LA MUSICA

INDICE DE TEMAS

Introducción.

Campos del derecho.

Artístico, Artes Plásticas, Fotografías y Propiedad Industrial.

El Derecho de Autor en las Obras Musicales.

Aspecto jurídico del derecho de autor.

El Nacimiento del Autor

Protección de las Obras.

Definición de Autor y Compositor.

La Coautoría

La Música o Melodía de una canción.

El Autor.

Surgimiento de las Obras Musicales.

Desarrollo Evolutivo.

Unión de los Autores.

Primera Sociedad de Autores.

El Alcance de los Derechos.

La Cabeza del Negocio.

Base Originaria del Producto.

La Cabeza = a El Autor.

El Tórax  =  a  Obra Musical.

Derechos del Autor.

Los Derechos Morales.

Facultades.

Paternidad de la Obra.

Integridad de la Obra.

El Derecho a la Modificación.

El derecho al inédito.

El Derecho al Arrepentimiento.

Dificultad de ejercitar el derecho al Arrepentimiento.

Otros Derechos.

Derecho Perpetuo y el Inalienable.

El Derecho Irrenunciable.

El Derecho Imprescriptible.

Los Derechos Patrimoniales del autor.

Permiso de Utilización.

El Derecho de Reproducción.

El Derecho de comunicación Pública.

Recaudación de los Derechos.

Sociedad de Autores.

Transparencia y Fortaleza.

Pilares de la Sociedad.

Sociedad de Gestión Colectiva.

Las Tarifas.

Términos de los Acuerdo.

Organo Administrativo.

Junta Directiva, Asamblea y Editores.

Dirección Administrativa, Comité de Vigilancia y Productores Musicales.

Los Artistas.

El Público.

Los Cantautores.

Los Usuarios de Música.

Música Indispensable.

Música Necesaria.

Música Secundaria.

 

NOTICIAS SOBRE DERECHOS DE AUTOR

“Derecho de Autor y Propiedad Intelectual en las Artes Visuales”

SGACEDOM inaugura Galería de Ex Presidentes.


La Sociedad de Autores



Hemos representado a la Sociedad de Autores, con esta parte oculta a la vista por un gracioso pantalón corto, porque así como la cadera es el sostén de la estructura superior del cuerpo humano, así mismo la sociedad es el Organismo soporte de los derechos de los autores, quienes le ceden en administración sus obras musicales, mediante contratos de representación, y es esta la que se encarga de reclamar, recaudar y distribuir los ingresos económicos que generan el uso de las obras, principalmete por la comunicación pública, ya que los derechos de reproducción o fonomecánicos, los autores regularmente lo cobran a través de los editores de música, mediante un contrato de edición de obras. Decimos "regularmente", porque existen casos como el de SGAE (Sociedad General de Autores y Editores de españa), en que también la Sociedad recauda los derechos fonomecánicos de los autores.

Transparencia y fortaleza de la Sociedad de Autores


En esta correlación, en forma jocosa, se podría decir también que la Sociedad de Autores está representada por este lugar porque tiene que tener bien puesto los... pantalones, para poder hacer valer los derechos de los autores.

La razón de que sean pantalones cortos, es que las bases estructurales de la sociedad deben estar al alcance de la vista, de forma tal que la gestión que esta realiza a beneficio de los autores sea con total transparencia. De la fortaleza de estos pilares dependerá la credibilidad y el éxito de la sociedad en sus decisiones políticas y sus operaciones administrativas.

El primer paso que conduce a la formación de una Sociedad de Autores (o Sociedad de Gestión Colectiva) es “La Asamblea Constituyente” Y la asamblea constituyente es posible por la unión de un grupo mínimo de autores que se organiza para defender sus derechos y gestionar, de forma colectiva, los beneficios patrimoniales que generan sus obras.

Estas sociedades de gestión colectiva ya en casi todos los países están respaldadas por leyes promulgadas para la defensa de los derechos de autor y, gracias a los convenios internacionales que permiten la representación reciproca entre sociedades de diferentes naciones, los autores pueden extender el cobro de sus derechos más allá de sus fronteras, cosa que se hace por medio de acuerdos bilaterales entre sociedades, cada cual representando los derechos de autor administrados por la otra.

Estas facilidades que existen hoy en día, se lograron a través de un largo proceso, que culminó con la actual estructura que es casi común en todos los países donde se reconoce y respeta el derecho de autor.

Es así que una sociedad de autores se sostiene de los siguientes pilares, los cuales correlacionamos con las extremidades inferiores del cuerpo humano.


Pilares de la Sociedad de Autores

1) La Asamblea de Socios.

2) La Junta Directiva.

3) El Comité de Vigilancia.

4) La Dirección General Administrativa.


También incluínos en la estructura a las entidades reguladoras, y a las que intervienen activa y comercialmente en el negocio de la música, como son:
Los editores de música (los cuales también forman parte de algunas sociedades de autores), los productores musicales, los sellos discográficos y las leyes y convenios que facilitan la gestión colectiva. Todos, los cuales, analizaremos parte por parte, en relación a la figura humana, con las cual hipotéticamente y de forma gráfica relacionamos el derecho de autor y el negocio de la música.

 

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